lunes, 17 de febrero de 2014

RECEPCION DE OBRA.- II

2. Para la realización de cualquiera de las recepciones antes estipuladas, el Contratista notificará por escrito con por lo menos (5) días hábiles al Supervisor de la Obra indicando la fecha que entregará la obra. El Supervisor comunicará a la Entidad la fecha de recepción de la obra para que esté presente. 

 3.Si el Supervisor no realizara el acto de recepción de la obra en los treinta (30) dias posteriores a la notificación del Contratista, se aplicará el silencio positivo y se entenderá que dicha recepción ha sido realizada sin ninguna observación.

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