viernes, 5 de febrero de 2016

DIRECCIÓN DE OBRA - SUBCONTRATOS.



Un subcontrato no es otra cosa que un contrato establecido entre la empresa contratista o constructora y una tercera persona, la cual puede ser un carpintero, instalador, etc., este subcontrato contiene una serie de cláusulas, que de manera exacta y precisa expresan los compromisos de ambas partes, especificando cómo, dónde y cuándo se ha de realizar el trabajo y cómo y cuándo ha de pagarse.

Dependiendo del ítem en el cual se haya hecho la subcontratación, el Director de Obra deberá verificar la calidad de este y su buen funcionamiento, en el caso de que sea una instalación y que las mediciones de cantidades de obra de la subcontratación que este haga no varíen, con la que el subcontratista realice.

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