- El establecimiento de un precio cerrado obliga al Contratante a no poder variar prácticamente nada el precio de la obra, una vez realizada la adjudicación, ya que si lo hace el Contratista puede aprovechar la coyuntura para mejorar su posición contractual y ya no tiene competencia posible, que permita comprobar lo procedente de su postura.
- Requiere un proyecto bien definido y exacto con pocas posibilidades de error, pues cualquier variación supone dificultades entre Contratista y el Contratante.
martes, 21 de abril de 2020
CONTRATO MODALIDAD SUMA ALZADA. - Como inconvenientes se podrían señalar
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