miércoles, 29 de abril de 2015

CARACTERÍSTICAS DEL DIARIO DE OBRA:

Las características del Libro de Obra previsto en las Condiciones Generales de Contratación de Obras en el Título III, Capítulo II, Artículo 45, letra o del referido documento, según se transcribe a continuación:
“El Inspector como representante del Ente Contratante en la obra, en sus funciones de velar
o) Llevar el Libro de Obra, según modelo elaborado por el Colegio de Ingenieros de Venezuela, que deberá estar debidamente sellado y foliado en cada una de sus páginas por la Dirección correspondiente, y la apertura del mismo deberá ser suscrita por el director del ente Contratante, el Ingeniero Inspector, el Ingeniero Residente y el (los) Contratista (s). Queda expresamente establecido que este Libro deberá ser revisado mensualmente por el supervisor inmediato del Ingeniero Inspector y dejar constancia de su conformidad u observaciones que hubiere formulado y contendrá al menos:
1. La fecha del contrato.
2. La fecha del Acta de Inicio.
3. Las fechas y montos de las valuaciones de obra entregadas por el Ingeniero Residente y, de ser el caso, las fechas en que el Ingeniero Inspector las devuelve al Ingeniero Residente para su debida corrección, todo de acuerdo a lo establecido en los artículos 56 y 57 de este Decreto.
4. Las prórrogas otorgadas por el Ente Contratante de acuerdo a lo establecido en el Capítulo I del Título VII.
5. Las fechas en que el Contratista inicie la tramitación de obras extras, adicionales, reconsideración de precios unitarios y los presupuestos de disminución de obras, así como también las fechas en que el Ingeniero inspector remite todas estas tramitaciones al Ente Contratante para su debida revisión, aceptación y envío al Organismo Contralor correspondiente.
6. Los asuntos tratados en las comunicaciones entre el Ingeniero Inspector y el Ingeniero Residente con indicación de fechas.
7. La fecha en que vence el plazo de entrega de la obra tomando en consideración las prórrogas otorgadas, si las hubiere.
8. La fecha de firma del Acta de Terminación de la obra y los días de atraso en la ejecución del contrato si los hubiere, así como el monto total de la multa por atraso.
9. La fecha de la solicitud del Acta de Aceptación provisional y constancia de los recaudos entregados por el Contratista.
10. La fecha del acta de Aceptación provisional de la obra ejecutada.
11. La fecha del Acta de Recepción Definitiva de la obra ejecutada.
12. Cualquier otro hecho de importancia de juicio del Ingeniero Inspector.
p) Llevar el control de ejecución de las partidas de las valuaciones de obra, indicando:
1. Las partidas del Presupuesto Original del Contrato.
2. Las partidas de los presupuestos aprobados de obras extras, si las hubiere.
3. Las partidas de los presupuestos aprobados de obras adicionales, si las hubiere.
4. Las partidas de los presupuestos aprobados de aumentos por reconsideración de precios, si los hubiere.
5. Las partidas de los presupuestos de Disminución de Obra que fueren necesarios para la disminución de la meta física contratada, si la hubiere.
q) Cualquier otra que le corresponda de acuerdo con este Decreto, con las instrucciones que le imparta el Ente Contratante y con la naturaleza del cargo que desempeña”.

No hay comentarios.:

Publicar un comentario