VALUACIONES
Para los efectos de cancelación de los conceptos relacionados por la empresa
Contratista el ente Contratante requiere la presentación de valuaciones
debidamente revisadas y conformadas por Inspector. ( Según Título IV Cap. II Art.
56 y siguientes de las Condiciones Generales de Contratación)
Las valuaciones de los contratos corresponden, por lo general, a los siguientes
conceptos:
• Valuación de anticipos
• Valuación de obra ejecutada
• Valuación de escalación y/o ajuste de precios de obra ejecutada
• Valuación de reconsideración de precios
• Valuación de devolución de retención por fiel cumplimiento
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