DEFINICION.
Los Pliegos de Condiciones, son un conjunto de Documentos que básicamente las
Empresas Proponentes que se presentan a la Licitación de una obra de
construcción deben adquirir para poder habilitarse a la misma.
En el mismo se detallan minuciosamente todos los aspectos técnico-económicos a
los que deben regirse para poder elaborar las Propuestas sin que las mismas
puedan ser rechazadas por falencias en su elaboración.
Para poder compatibilizar adecuadamente todas las alternativas de la misma, las
instituciones públicas que liciten obras necesariamente deben acogerse al
instructivo correspondiente para faccionar el Pliego de Condiciones en
cumplimiento del artículo 34 del D.S. N° 25964, que aprueba las Normas Basteas
del Sistema de Administración de Bienes y Servicios a las que deben regirse las
entidades públicas.
El pliego de condiciones debe elaborarse con las siguientes secciones:
La licitación que se propone convocar, debe encontrarse incluida en el Programa de
Operaciones Anual (POA), y el Programa Anual de Contrataciones debe contar con
los recursos disponibles y la certificación presupuestaría correspondiente
A continuación se insertará en este capítulo, con fines académicos copia in-extenso
del Modelo de Pliego de Condiciones para la contratación de Obras del Sector
Publico como Anexos al Decreto Supremo N° 25064 publicado por la Gaceta Oficial
de Bolivia en su edición especial N° 0022
Para la elaboración de la convocatoria a ser publicada en prensa, se debe utilizar el
modelo de convocatoria, cuyo formato se encuentra en la página siguiente.
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