lunes, 30 de diciembre de 2013

PLIEGO DE CONDICIONES

DEFINICION. 

Los Pliegos de Condiciones, son un conjunto de Documentos que básicamente las Empresas Proponentes que se presentan a la Licitación de una obra de construcción deben adquirir para poder habilitarse a la misma. En el mismo se detallan minuciosamente todos los aspectos técnico-económicos a los que deben regirse para poder elaborar las Propuestas sin que las mismas puedan ser rechazadas por falencias en su elaboración. Para poder compatibilizar adecuadamente todas las alternativas de la misma, las instituciones públicas que liciten obras necesariamente deben acogerse al instructivo correspondiente para faccionar el Pliego de Condiciones en cumplimiento del artículo 34 del D.S. N° 25964, que aprueba las Normas Basteas del Sistema de Administración de Bienes y Servicios a las que deben regirse las entidades públicas. El pliego de condiciones debe elaborarse con las siguientes secciones:
La licitación que se propone convocar, debe encontrarse incluida en el Programa de Operaciones Anual (POA), y el Programa Anual de Contrataciones debe contar con los recursos disponibles y la certificación presupuestaría correspondiente A continuación se insertará en este capítulo, con fines académicos copia in-extenso del Modelo de Pliego de Condiciones para la contratación de Obras del Sector Publico como Anexos al Decreto Supremo N° 25064 publicado por la Gaceta Oficial de Bolivia en su edición especial N° 0022 Para la elaboración de la convocatoria a ser publicada en prensa, se debe utilizar el modelo de convocatoria, cuyo formato se encuentra en la página siguiente.

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