viernes, 21 de febrero de 2014

ESPECIFICACIONES TECNICAS. - I

Las especificaciones técnicas son un conjunto de normas que regulan la calidad y requisitos que deben cumplir los materiales, la forma de ejecución del trabajo, la forma de medición y la forma de pago. Básicamente cada uno de los Items componentes de una obra tienen sus especificaciones técnicas las mismas que se dividen en cinco partes que son las siguientes: 
a) Definición. Se refiere a una somera explicación del ítem al que se refiere. 
b) Materiales, equipo y herramientas. Se explica los requisitos técnicos y de calidad que deben cumplir todos los materiales a usarse en la construcción del ítem, como también a la provisión de equipo y herramientas que deben utilizarse en su ejecución 
c) Procedimiento para la ejecución. Se refiere este inciso a la forma de ejecución del ítem en sí. 
d) Forma de medición. Se indica la forma en la que tiene que efectuarse la medición del ítem correspondiente. 
e) Forma de pago. En esta definición se refiere a que todos los volúmenes del ítem medidos en la forma anterior serán pagados al precio propuesto, el mismo que será la retribución total por los materiales, mano de obra, herramientas y equipo utilizados en su construcción.

Volviendo a lo indicado anteriormente en la Gaceta Oficial de Bolivia y en lo que corresponde al Decreto Supremo N° 25964, indicamos lo siguiente: Cada entidad debe adjuntar en esta sección las especificaciones técnicas para cada uno de los items que se requieren en la obra. Las entidades que normalmente contratan servicios de construcción de obra pueden tener un documento de las especificaciones generales referidas a los rubros que ejecutan constantemente. 
El estudio de Diseño Final de la obra a ejecutarse, es parte de las Especificaciones Técnicas Especiales, ya que contiene las principales características, volúmenes estimados, tecnología, calidad y otros aspectos inherentes a la preservación del medio ambiente. Conforme establece el Articulo 22 inciso g) de las NB-SABS, estos estudios no deberán tener una antigüedad mayor a doce (12) meses.

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