miércoles, 12 de febrero de 2014

ANTICIPO Y GARANTIA DE CORRECTA INVERSION DEL ANTICIPO

Si el Proponente adjudicado, consignó en su propuesta el otorgamiento de un anticipo, deberá presentar la garantía estipulada por un monto igual al cien por ciento (100%) del anticipo requerido, según el articulo 51 de las NB-SABS.

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